Cambio del nº de móvil y dirección.

*** Cambio de número de móvil de la PAH Palencia. | Nuevo: 688 920 833.



De momento NO habrá Asambleas en el Consejo Provincial de la Juventud (Junto a la estación de autobús), de momento serán el primer Miércoles hábil de cada mes, a las 19:00 horas (7 de la tarde), excepto festivos o periodo de vacaciones.

jueves, 8 de julio de 2021

Ayudas al alquiler 2021

Acaban de convocarse las subvenciones al alquiler de vivienda. Pueden consultarse aqui:

 https://bocyl.jcyl.es/boletines/2021/07/01/pdf/BOCYL-D-01072021-6.pdf

El periodo subvencionable es desde ENERO 2021 hasta DICIEMBRE 2021 (ambos inclusive). 
El plazo para solicitar la ayuda es DESDE EL 2 DE JULIO HASTA EL 2 DE AGOSTO DE 2021(ambos incluidos).
La renta de la vivienda objeto del alquiler debe ser igual o inferior a la cantidad que se indica a continuación:

o   Palencia:  450 €

o   Guardo, Aguilar, Venta de Baños, Villamuriel de Cerrato, Grijota y Villalobón:  425 €

o   Resto de municipios de Palencia: 375 €

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

·         SOLICITUD en la que constará la Referencia Catastral de la vivienda.

No debe olvidar marcar con “X “la casilla autorizo del apartado 7.

· CONTRATO/S DE ARRENDAMIENTO que abarque el período subvencionable (documento completo).

-VOLANTE/CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO COLECTIVO E HISTÓRICO, que acredite a fecha de presentación de la solicitud las personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda y desde cuando están empadronados en la vivienda por la que solicitan ayuda.

· FOTOCOPIA DEL LIBRO DE FAMILIA, cuando haya descendientes menores de edad.

·         Las personas de la Unidad de Convivencia que NO hayan presentado declaración de la renta del período 2020: declaración responsable de los ingresos y documentación que los justifique. Se recuerda que si se cobraron ayudas en el 2020 es obligatorio hacer la declaración de la renta.

· Si el solicitante o alguno/s de los miembros de la Unidad de Convivencia son propietarios o usufructuarios de alguna vivienda en España, pero no pueden habitar la misma por cualquier causa ajena a su voluntad, deberán aportar documentación de dicha causa.

IMPORTANTE:

NO se notificará por carta a los beneficiarios. La Resolución de concesión de la subvención  se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León. Los beneficiarios tendrán un mes de plazo a partir de esta publicación, para presentar los recibos justificantes del pago de la renta de la vivienda.  

Únicamente se admitirán como documentos acreditativos del pago:

·        La transferencia bancaria.

·        La domiciliación bancaria.

·        El ingreso en efectivo en la cuenta del arrendador.

     En el documento acreditativo del pago deberá constar expresamente:

·        La identificación completa de la persona que realiza el pago (el beneficiario)

·        La identificación completa de la persona que recibe el pago (el arrendador)

·        El importe

·        El concepto, con indicación del mes al que corresponde

- Si el arrendador de la vivienda no coincide con la persona que recibe el pago, deberá acreditarse documentalmente la relación existente entre ambos.

 

No se considerarán válidos los documentos acreditativos del pago manuales,  en los que no consten los datos citados, ni aquellos que contengan enmiendas o tachaduras.

1 comentario:

  1. Es importante que existan plataformas como esta que difundan e informen los derechos y obligaciones de cada para afrontar la adquisición de una vivienda o, en este caso, de ayudas para el alquiler. Gracias por compartir la información. Saludos!

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