El jueves 7 de mayo se publicaron en el B.O.C.y L. las ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.
El objeto de esta orden es convocar ayudas al alquiler, mediante adjudicación directa, para las personas arrendatarias de una vivienda habitual ubicada dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID–19, tengan problemas transitorios para atender al pago total o parcial del alquiler, o para hacer frente a la devolución total o parcial de las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Beneficiari@s: personas físicas mayores de edad, arrendatarias de vivienda habitual, en
situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID19, que reúnan los requisitos:
- A partir del 14 de marzo de 2020, encontrarse en alguna de las situaciones de:
Desempleo
Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)
Reducción de jornada por cuidados
Cese de actividad en caso de trabajador por cuenta propia
Otras circunstancias similares vinculadas a la actividad laboral o empresarial.
De tal forma que los que los ingresos netos de la unidad familiar no superen 3, 4 o 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual
(IPREM), en función de diversas situaciones.
- Que la renta más los gastos y suministros básicos, sea igual o superior al 35 por
ciento de los ingresos netos de la unidad familiar.
- Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos
previstos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
- Estar al corriente de pago de la renta de alquiler correspondiente a las tres últimas
mensualidades.
- Que la vivienda arrendada esté situada en la Comunidad de Castilla y León y constituya
la residencia habitual de la persona arrendataria.
Plazo de solicitud: del 14 de mayo al 30 de septiembre de 2020.
Las gestiones se deberán hacer de preferencia a través de la web:
Resumen:
Orden:
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