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miércoles, 27 de marzo de 2019

Sentencia ambigua del TJUE sobre cláusulas de vencimiento anticipado.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado ayer 26 de marzo de 2019, que las cláusulas de vencimiento anticipado de las hipotecas son nulas por su carácter abusivo. Por tanto, deberán ser anuladas de los contratos salvo que las entidades las "suavicen". Esta cláusula abusiva permitía a los bancos reclamar toda la deuda de la hipoteca ante un único impago de la cuota mensual.
Pero la sensacion es agridulce, ya que la sentencia de ayer es ambigua y ha dejado escapar una oportunidad histórica para enterrar el procedimiento de ejecución hipotecaria, pues únicamente declara nula la cláusula del vencimiento anticipado y reconoce que es abusiva, pero permitiendo que se pueda continuar el procedimiento de desahucio.
Según FACUA, esta sentencia del TJUE puede favorecer a los usuarios si los jueces siguen uno de sus criterios: archivar el procedimiento de ejecución hipotecaria y mantener la vigencia del contrato cuando declaren nula por abusiva la cláusula de vencimiento anticipado.
Veremos por dónde se decanta la judicatura española, aunque los antecedentes nada bueno presagian.

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